Discriminación salarial

Usted tiene derechos cuando se trata de compensación por su trabajo

Usted tiene derechos cuando se trata de compensación por su trabajo. Usted tiene derecho a presentar una queja o un Cargo de Discriminación, participar en una investigación o demanda por discriminación en el empleo, participar en actividades protegidas de igualdad de oportunidades en el empleo (EEO) u oponerse a la discriminación sin ser represaliado por su empleador.

Lo que esto significa para usted

En virtud de la Ley de Igualdad Salarial, las mujeres y los hombres tienen derecho a recibir la misma remuneración si realizan el mismo trabajo en el mismo lugar de trabajo. Bajo esta ley, no importa cuántos empleados tenga un empleador, y la mayoría de los empleados en los sectores público y privado están cubiertos. Los trabajos o los tipos de trabajos que se comparan no tienen que ser idénticos, pero deben ser “sustancialmente iguales”. El contenido del trabajo (no los títulos de trabajo) es lo que determina esto. Todas las formas de compensación están cubiertas, lo que significa no solo el pago, sino también los beneficios. 

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¿Preguntas?
Estamos para ayuderle.

Estamos comprometidos a ayudarle a comprender sus derechos como tabajador. Muchas preguntas sobre sus derechos pueden responderse utilizando nuestros Asesores en Derecho Laboral para Trabajadores y Pequeñas Empresas (“elaws”, por sus siglas en inglés):

Para mayor asistencia, por favor contacte a:

OFCCP: 1-800-397-6251 (TTY 1-877-889-5627) o el Servicio de Ayuda de la OFCCP

Recursos adicionales

Otras leyes federales prohíben a la mayoría de los empleadores con al menos 15 empleados (o al menos 20 empleados, con respecto a la edad) discriminación por compensación basada en raza, color de piel, religión, sexo, origen nacional, edad, discapacidad o información genética. Pero, bajo estas leyes, no hay ningún requisito de que los trabajos sean “sustancialmente iguales”. Más bien, la discriminación puede probarse cuando hay evidencia de, por ejemplo:

  • la aplicación discriminatoria de una política o sistema salarial, o las técnicas de fijación de salarios que sean discriminatorias,
  • barreras a la igualdad de acceso a empleos mejor remunerados,
  • salarios que se reducen intencionalmente debido a las características protegidas de los empleados en el trabajo, o
  • una política o práctica de compensación aparentemente justa que tiene un impacto significativamente negativo en los empleados de una clase protegida sin una demostración de que la política o práctica está relacionada con el trabajo y es consistente con la necesidad del negocio. 

Además, bajo la Orden Ejecutiva 11246, ciertos contratistas y subcontratistas federales tienen prohibido discriminar en las decisiones de empleo, incluido el pago, por motivos de sexo (así como raza, color de piel, religión, orientación sexual, identidad de género, origen nacional, discapacidad o estado como veterano protegido).

Dependiendo del tamaño de la organización para la que trabaje y si es un contratista federal o un subcontratista, es posible que pueda presentar un reclamo bajo más de una ley si siente que ha experimentado discriminación salarial basada en el sexo.

Por lo general, tiene derecho a la protección contra la discriminación, independientemente de su estado migratorio, aunque, en algunos casos, el estado migratorio puede limitar los recursos que podrá obtener.

¿Necesita más información?

Los Asesores de la Asistencia en el Derecho Laboral para Trabajadores y Pequeñas Empresas (“elaws”, por sus siglas en inglés) son un conjunto de herramientas en línea desarrolladas por el Departamento de Trabajo de los EE. UU. para ayudar a empleados y empleadores a entender sus derechos y obligaciones establecidos en las leyes Federales de empleo.